TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de hacer efectiva la escrituración de las viviendas construidas hasta el presente, correspondientes al Barrio de viviendas sito en calles 55 y 26 de Balcarce, y CONSIDERANDO: Que la empresa constructora ha presentado una nota donde se da cuenta del cumplimiento parcial del cargo impuesto en la ordenanza Nº 78/97. Que se ha procedido a la detección y selección de los adjudicatarios quienes han cumplido con todos los requisitos establecidos por los organismos de crédito. Que, atento no haber sido requerido por la empresa constructora, no fue menester realizar la transferencia de dominio en donación a la misma tal como lo establecía la aludida ordenanza. Que, en consecuencia, es necesario dictar el acto administrativo que posibilite la definitiva transferencia de dominio a los adjudicatarios conforme a los requerimientos del Banco de la Provincia de Buenos Aires, entidad a la que constituirá hipotecas en primer grado de privilegio a su favor, y de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 4/99. ---------------------------------- ARTICULO 1.- Autorízase la transferencia de dominio de las ------------ viviendas correspondientes al Barrio de calles 55 y 26 de esta ciudad y Partido de Balcarce, edificadas sobre lote de terreno de mayor superficie cuya NOMENCIATURA CATASTRAL es: Circunscripción XI, Sección B, Chacra 70, Manzana 70 "e" conforme plano C 8-31-98, en favor de las personas que a continuación se enumeran, según la denominación catastral que en cada caso corresponda y en los montos que también se estipulan: - PIÑERO, Mauricio-SCHMIDT, María; Circ.XI, Secc.B, Mz. 70 "e", Parcela 12, $ 29.387.- - JONES, Noemí; Circ-Xl, Secc.B, Mz.70 "e",Parcela 16, $ 26.387.- - RAMOS, Mirta; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e",Parcela 20, $ 29.387.- - VICENTE, Alejandra-SMIRAGLIA, Juan; Circ-XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 11, $26.387.- - MAIER, Celina-CAGNI, Juan; Circ. XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 17, $ 26.327-- - MONTES DE OCA, Laura; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 15, $ 26.387.- - ARAGNO, Alicia-PIROTO, Guillermo; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 14, $ 26.387.- - OLIVERA, Daniel; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 13, $ 29.387.- - LEBEAUD, María; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 1, $ 29.387.- - LAFORGIA, Oscar-GUGLIOTTA, Maria; Circ.XI, Secc.B, Mz.70 "e", Parcela 18, $ 29.387.---------------------------------------------- ARTICULO 2.- Se deja constancia que de los importes precedentes ------------ deben imputarse Pesos ($ 387.-) trescientos ochenta y siete, por cada adjudicatario al Plan Familia Propietaria, y el saldo a la empresa constructora o sus cesionarias si las hubiere.---- ARTICULO 3.- Tiénese por cumplido, parcialmente y en la proporción ------------ de las viviendas a escriturar, el cargo impuesto a la constructora en el Artículo 19 de la Ordenanza Nº 78/97.------------- ARTICULO 4.- Declárase de Interés Social en los términos del ------------ Artículo 4º, Inciso "d", de la Ley 10.830, la escrituración de venta y de hipotecas a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires, por los créditos otorgados a los adjudicatarios mencionados en el Articulo 1º, remitiéndose la presente a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-------------------------------------------------------- ARTICULO 5.- Facúltase al Departamento Ejecutivo, dentro del marco ------------ establecido en la presente Ordenanza, a otorgar las escrituras correspondientes a las referidas unidades, autorizándolo -además- a transferir el dominio y suscribir las pertinentes escrituras en relación a las restantes viviendas correspondientes al mismo Barrio y una vez que hayan sido terminadas, cuyos adjudicatarios, denominaciones catastrales y montos serán fijados mediante Decreto.---------------------------------------------------- ARTICULO 6.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. FIRMADO: Ingeniero Carlos A. Erreguerena - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.-------------